
PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO CURSO 2009/2010 En este instituto no se van a celebrar pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio. Para más información, acudir a la legislación:
PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 2009/2010 RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2010 • REQUISITOS PARA PODER PRESENTARSE A LAS PRUEBAS DE ACCESO: Podrán presentarse a la prueba de acceso de grado superior quienes careciendo de los requisitos académicos que permiten el acceso directo a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional cumplan alguna de las siguientes condiciones: a) Tener, como mínimo, 19 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba. b) Tener, como mínimo, 18 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba y estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder. • DOCUMENTACIÓN: • Al impreso de solicitud de inscripción se adjuntará la siguiente documentación. Si el interesado desea una copia del impreso de solicitud, deberá cumplimentarlo por duplicado. • Fotocopia compulsada del D.N.I. o pasaporte. • Asimismo, los aspirantes con discapacidad que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y medios para la realización de la prueba, adjuntarán a su solicitud un certificado acreditativo de la minusvalía, expedido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente a tal fin, de las Comunidades Autónomas. • Quienes deseen solicitar exención de alguna de las partes de la prueba de acceso de grado superior deberán acompañar a su solicitud de inscripción la documentación que corresponda: a) Certificación acreditativa de la superación en su totalidad de otra prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional. b) Quienes deseen el reconocimiento de la parte o partes de la prueba superadas en anteriores convocatorias realizadas en base a la Orden de 19/03/2009, deberán presentar el correspondiente certificado de superación parcial conforme al modelo recogido en el anexo VII. c) El título de Técnico o certificación de estar cursando un ciclo formativo de grado medio de la misma Familia Profesional que aquel al que se desea acceder, estando obligado a presentar la certificación de haber superado el ciclo formativo de grado medio antes de la realización de la prueba de acceso para que le sea aplicada la correspondiente exención; de no presentar esta última certificación, su solicitud de exención quedará sin efecto. d) Certificado de profesionalidad de un nivel competencial 2 o superior, de la misma Familia Profesional que el ciclo formativo que se pretende cursar y emitido por la Administración laboral conforme al Real Decreto 34/2008, de 18 de enero. e) Acreditación de al menos el equivalente a un año de actividad laboral con jornada completa en un campo profesional relacionado con la Familia Profesional de los estudios que se deseen cursar, mediante: Trabajadores por cuenta ajena: - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización), el periodo y tipo de contratación. - Certificado de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad. Trabajadores por cuenta propia: - Certificado del período de cotización en el Régimen especial de trabajadores autónomos. - Copia compulsada de la declaración de alta en el censo de Obligados Tributarios. - Memoria descriptiva, realizada por el interesado, de las actividades desarrolladas durante el ejercicio profesional. • Quienes hayan realizado o estén realizando un curso de preparación de la prueba de acceso, y deseen que su puntuación sea considerada, deberán presentar una certificación académica conforme al modelo que figura en el anexo VIII de la misma, o bien, certificado de estar cursándolo, estando obligados a presentar el correspondiente Anexo VIII antes de la realización de la prueba. (Sólo Cursos de preparación realizados Institutos de Educación Secundaria, Centros Públicos de Educación de Personas Adultas y, en su caso, centros docentes privados autorizados). • PERIODO DE INSCRIPCIÓN: Del 19 de abril al 30 de abril, ambos inclusive (hasta las 14 horas) en las oficinas del Instituto. • CALENDARIO DE LAS PRUEBAS: • Celebración de las pruebas de acceso a grado superior: los días 22 y 23 de junio de 2010. HORARIO de las pruebas de acceso a grado superior: Día 22 de junio: • A las 16:00 h.: La primera fase de la parte común que tendrá una duración de dos horas y media y corresponderá a la realización de los ejercicios relativos a las materias de Lengua castellana y literatura y de Lengua extranjera. • A las 18:45 h. La segunda fase de la parte común que tendrá una duración de dos horas y corresponderá a la realización del ejercicio relativo a la materia de Matemáticas. Día 23 de junio: • A las 16:00 h.: La parte específica que tendrá una duración de dos horas y corresponderá a la realización del ejercicio relativo a la materia referente a la materia de Tecnología Industrial. • El calendario de las pruebas será expuesto en el tablón de anuncios del Instituto en que se realicen las mismas, indicando expresamente el lugar donde hayan de efectuarse. • PUBLICACIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXENCIONES: 12 de mayo de 2010 • PERIODO DE RECLAMACIONES A LA PUBLICACIÓN PROVISIONAL: del 13 al 17 de mayo de 2010 (ambos inclusive). Modelo de reclamación • PUBLICACIÓN DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXENCIONES: 22 de mayo de 2010 • PUBLICACIÓN DE ACTAS Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES: • Publicación de actas: por determinar en el tablón de anuncios de Formación Profesional del Instituto. • Reclamación de calificaciones: (Modelo de reclamación) 1. La reclamación de las calificaciones deberá seguir el siguiente procedimiento: a partir de la fecha de publicación de las calificaciones en el tablón de anuncios del centro, los interesados dispondrán de tres días hábiles para solicitar, a través de la secretaría del centro docente donde realizó la prueba, una revisión de la misma especificando claramente los motivos de su reclamación y la parte que desean revisar. 2. Las reclamaciones se resolverán por acuerdo de la Comisión evaluadora en el plazo de cinco días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de las mismas y, su resolución será notificada por escrito a los interesados en el plazo de tres días hábiles desde la adopción del acuerdo. Esta notificación contendrá expresión de los errores cometidos y si procede rectificación o ratificación de las calificaciones. En caso de rectificación de calificaciones, esta se anotará mediante diligencia en la correspondiente acta de evaluación. Si persiste la disconformidad, se podrá interponer recurso de alzada, agotando la vía administrativa, ante el Director/a del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de la provincia que corresponda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la comunicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
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