
Modelo de
solicitud de renuncia a convocatorias de módulos de Ciclos Formativos. NORMATIVA LEGAL Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo. (B.O.E. 3/01/2007) Orden de 26 de octubre de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, que regula la matriculación, evaluación y acreditación académica del alumnado de Formación Profesional en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón (B.O.A. 224 18 de noviembre de2009). ____________________________ R.D. 1538/2006 Articulo 15.- Evaluación de las enseñanzas de formación profesional. 6. Las Administraciones educativas establecerán las condiciones de renuncia a la convocatoria y matrícula de todos o de algunos módulos profesionales. Orden de 26 de octubre de 2009 Artículo 4.- Renuncia a la convocatoria de evaluación. 1. Con objeto de no agotar el número de convocatorias de la evaluación previstas, el alumno o sus representantes legales podrán solicitar ante la dirección del centro docente la renuncia a la evaluación y calificación de alguna de las convocatorias de todos o de algunos módulos profesionales, siempre que existan circunstancias de enfermedad prolongada, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones de tipo personal o familiar que le impidan seguir sus estudios en condiciones normales. Número de convocatorias, artículo 3 apartado 1. En régimen presencial, cada módulo profesional podrá ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, excepto el de formación en centros de trabajo que lo será en dos. 2. La solicitud de renuncia a la convocatoria, junto con la documentación justificativa, SE PRESENTARÁ CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE DOS MESES ANTES DE LA PRIMERA CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN FINAL DEL MÓDULO PROFESIONAL CORRESPONDIENTE y será resuelta de forma motivada por los directores de los centros docentes públicos, quienes podrán recabar los informes que estimen pertinentes. En caso de denegación, los interesados podrán elevar recurso de alzada ante el Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente, que pondrá fin a la vía administrativa.
3. En el caso del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, el de Proyecto en aquellos ciclos formativos en los que se imparta, la renuncia a la convocatoria SE PODRÁ PRESENTAR CON UNA ANTELACIÓN DE VEINTE DÍAS ANTES DE SU PRIMERA CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN FINAL. |
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